¿Estoy obligado a realizar el mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios?

Después de la entrada en vigor del RD 513/2017, muchos clientes se preguntan sobre la obligatoriedad de realizar los mantenimientos a sus dispositivos contra incendios.

El RIPCI nos obliga como empresa a realizar los mantenimientos de las tablas I, II y III .

¿Quién es el encargado de hacer el mantenimiento de los equipos contra incendios?

En el caso de las tablas I y III:

Personal del fabricante o de la empresa mantenedora, si cumplen en ambos casos con los requisitos establecidos en el artículo 16 del reglamento sobre Habilitación de empresas mantenedoras.

O bien, personal del usuario o titular de la instalación (sin necesidad de estar habilitado)

En el caso de la tabla II:

Personal del fabricante o de la empresa mantenedora, si cumplen en ambos casos con los requisitos establecidos en el artículo 16 del reglamento sobre Habilitación de empresas mantenedoras.
Es decir, la tabla I (extintores, bies, alarma de incendios y demás…) y la tabla III (señalización) las puede realizar el usuario o titular de la instalación SIN NECESIDAD DE ESTAR HABILITADO, disponer de los medios y conocimientos técnicos siendo el único responsable de dicho mantenimiento, pero las de la tabla II es obligatorio que sea personal del fabricante o empresa mantenedora QUE ESTÉ HABILITADA).

De la tabla I y III quien realiza el mantenimiento es el responsable del mismo. Ha de rellenar el acta y ha de constar su firma y DNI. Dichas actas se han de guardar durante 5 años, deberán llevarse al día y estarán a disposición de los servicios de inspección de la Comunidad Autónoma correspondiente

El mantenimiento de la tabla II debe hacerlo la empresa mantenedora siempre que cumpla los nuevos requisitos que este nuevo reglamento exige. En PROINSE, cumplimos con la obligatoriedad que exige el artículo 10 de dicha ley.

En el caso de que no se haga los mantenimientos trimestrales, la misma Ley impone sanciones para las infracciones graves con multas que van desde 3.000/07 euros hasta 90.151/82 euros y para las muy graves, oscilan entre los 90.151/82 hasta los 601.012/10 euros.

El beneficio más grande de este nuevo reglamento es sin duda la calidad de las instalaciones en seguridad contra incendios repercutiendo positivamente en la seguridad de las personas.

Si tienes dudas de si tu equipo cuenta con las certificaciones necesarias, desde PROINSE tenemos la capacitación de verificar el estado de los mismo.

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