Plan de autoprotección o de Emergencia: ¿Qué necesita tu empresa?

Plan de emergencia y plan de autoprotección son dos documentos que a menudo se confunden. En realidad, ambos son documentos técnicos diferenciados y en este artículo queremos aclarar las características de cada uno. Para así facilitar a las empresas la identificación de la necesidad de uno u otro

Según la legislación, el empresario es el responsable de lo que ocurre en el centro de trabajo. Incluso de las medidas de emergencia que estén implantadas en el mismo. Para establecer las medidas necesarias necesitaremos el plan de emergencia y el plan de autoprotección. Resulta por tanto imprescindible saber discernir entre ambos y en qué consiste cada uno de ellos. De este modo, podremos determinar lo que precisa nuestra organización.

¿Qué es un plan de autoprotección?

El plan de autoprotección viene definido en el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo:

“El Plan de Autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para un centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de éstas actuaciones con el sistema público de protección civil.

El Plan de Autoprotección aborda la identificación y evaluación de los riesgos, las acciones y medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, así como las medidas de protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia.“

Por tanto, se entiende como autoprotección al sistema de acciones y medidas encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil. Estas acciones y medidas deben ser adoptadas por los titulares de las actividades, públicas o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro de su ámbito de competencia.

¿Qué es un plan de emergencia?

Por otro lado, el plan de emergencia forma parte del plan de autoprotección. Así, corresponde a la parte del plan de autoprotección que establece unos criterios básicos de actuación del personal, para una rápida y ordenada actuación, en función del tipo de emergencia.

El plan de emergencias responderá, pues, a las preguntas ¿qué se hará?, ¿cuándo se hará? ¿cómo y dónde se hará? y ¿quién lo hará?. Debe contemplar actuaciones o consignas dirigidas a prevenir potenciales situaciones de emergencia.

No obstante, no todas las empresas tienen que incluir un plan de autoprotección, pero SÍ todas
deben incluir un plan de emergencia.

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